Constitución Política de la Ciudad de México capítulo sobre derechos de los pueblos indígenas en la Ciudad de México
Los derechos humanos son la columna vertebral de la Constitución Política de la Ciudad de México y, como parte de ellos, los derechos de los pueblos indígenas los encontramos en diversos artículos de la Constitución. En este documento hemos seleccionado los artículos 2, 4, 11, 57, 58 y 59. Los artículos 57, 58, y 59 forman el Capítulo sobre Ciudad Intercultural. El Artículo 57 sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en la Ciudad de México es clave porque en él se incluyen todos los derechos de los pueblos indígenas y establece que la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas es de observancia obligatoria en la Ciudad de México.
COMUNIDADES INDIGENAS
DERECHOS
L-001