000 02759nam a2200301Ia 4500
008 210312s9999||||xx |||||||||||||| ||und||
020 _a978-9962-5559-0-2
040 _aIMDF
040 _bspa
040 _cSemujeres CDMX
041 _bspa
082 _a364.152,B51
100 _aBernal Sarmiento, Camilo. Lorente Acosta, Miguel. Roth Francoise. Zambrano, Margarita.
_96230
245 _aModelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio)
260 _aPanamá
260 _bONU Mujeres, Alto Comisionado para los Derechos Humanos
260 _c[2013]
300 _a183 p.
505 _aContenido: Introducción. - Capítulo I. La definición de los conceptos de "femicidio" y "feminicidio". - Capítulo II. El estándar internacional de la debida diligencia aplicado a los casos de femicidios. - Capítulo III. El análisis de género y de la interseccionalidad de las discriminaciones en la investigación penal de los femicidios. -- Capítulo IV. El diseño de la investigación penal de los femicidios. - Capítulo V. Los signos e indicios de un femicidio : la actuación médico-forense y el análisis criminal. - Capítulo VI. Los elementos para la construcción de la teoría del caso. - Capítulo VII. Los derechos de las víctimas indirectas, los familiares y los testigos en la investigación y el juzgamiento del femicidio.
650 _aDERECHO INTERNACIONAL
_9928
650 _aESTEREOTIPOS
_9850
650 _aFEMINICIDIOS
_9564
650 _aPROTOCOLO
_92852
650 _aREPARACION DEL DAÑO
_91264
942 _cBK
999 _c19994
_d19994
520 _aEn años recientes, el análisis más preciso del fenómeno ha permitido resaltar la importancia de hacer la distinción entre estas muertes violentas y otros tipos de violencias letales, reconocer que estas muertes se producen tanto en el hogar como en la comunidad, ya sea a mano de agentes del Estado o de personales individuales, y tomar conciencia de la necesidad de encontrar una respuesta específica para enfrentar ese fenómeno. De manera fundamental, ha permitido hacer especial hincapié en la responsabilidad que tienen los Estados de actuar con la debida diligencia para hacer frente a todas las formas de violencia contra las mujeres. Numerosos países han adoptado legislaciones específicas, y han puesto en marcha planes de acción, políticas públicas y programas para prevenir y erradicar la violencia de género. Han reformado sus códigos penales y creado unidades especializadas en el seno de la policía o de la fiscalía; han establecido jurisdicciones especiales y han instituido formaciones especializadas para los operadores y las operadoras de justicia.