000 01926nam a2200277Ia 4500
008 210312s9999||||xx |||||||||||||| ||und||
020 _a978-607-8470-21-1
040 _aSeMujeres CDMX
040 _bspa
040 _cSemujeres CDMX
041 _bspa
082 _a307.24,P96
245 _aProtocolo para la atención humanitaria de emergencia a personas migrantes y/o sujetas de protección internacional en la Ciudad de México: albergues o campamentos temporales
245 _cdirección y coordinación de contenidos, Nancy Pérez García ; investigación, María Fernanda Palacios Cervantes, Carolina Carreño Nigenda, Karla Magdalena Díaz de los Reyes y Areli Yeliztli Barranco Ruiz
260 _aMéxico
260 _bComisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
260 _c2019
300 _a79 p.
490 _aDocumentos oficiales
490 _v18
650 _aALBERGUES
_91881
650 _aMIGRACION INTERNACIONAL
_91351
942 _cBK
999 _c20717
_d20717
520 _aLos múltiples factores que motivan a personas y comunidades enteras a emigrar abarcan desde la reunificación familiar; hacer estudios o tener mejores empleos; o están orientados a salvar la vida a causa de desastres naturales, conflictos armados, guerras, violencia y persecución política, entre otros. A finales de 2018, llegaron a México tres numerosos grupos de personas, principalmente de origen hondureño. La Ciudad de México, a través de la instalación del puente humanitario, dio una muestra de buena práctica para la atención de personas en movilidad humana, ya que además de lograr una coordinación interinstitucional e intersectorial asumió de manera práctica su responsabilidad en la protección de sus derechos con un saldo blanco. El protocolo busca ser una herramienta útil para los gobiernos locales y las instancias colaboradoras en la instalación de la asistencia humanitaria.