000 | 02051nam a22002417a 4500 | ||
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003 | MXCEDOC | ||
005 | 20231020122016.0 | ||
008 | 231018b |||||||| |||| 00| 0 spa d | ||
020 | _a978-607-729-382-8 | ||
040 |
_aSeMujeres CDMX _cSeMujeres CDMX |
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041 | _aspa | ||
082 | _a304.8,P96 | ||
245 |
_aProtocolo de actuación para la protección de los derechos de las personas migrantes _ccontenidos, Alejandra Celi y Tatsiana Ushakova |
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260 |
_aMéxico : _bComisión Nacional de los Derechos Humanos, _c2017 |
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300 | _a84 p. | ||
520 | _aEste Protocolo es un instrumento para facilitar la respuesta y la gestión de toda actuación defensorial en aspectos relacionados con los derechos de las personas migrantes. A fin de que las respuestas y actuaciones del personal de la CNDH sean más rápidas y eficientes para la protección de las personas migrantes como sujetos de derechos, en este documento se enuncian y concentran los más destacados principios de actuación o tener en cuenta en el desarrollo de sus funciones, el marco normativo en el que se establecen derechos de las personas migrantes, los posibles mecanismos de actuación del personal de la CNDH y, a modo de mejores prácticas, algunos informes especiales y recomendaciones generales, emitidos por la CNDH en esta materia. El personal de la CNDH en sus actuaciones debe favorecer, en todo tiempo, a las personas en la protección más amplia de sus derechos, desde una perspectiva transversal de género y un enfoque en derechos humanos, que implica: empoderamiento de los titulares de derechos. Aplicación de los principios de derechos humanos. Transparencia y participación. Mecanismos de rendición de cuentas. El Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. | ||
650 |
_aMIGRACION _9154 |
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650 | _aDERECHOS | ||
650 | _aLEYES Y LEGISLACION | ||
650 |
_aINSTRUMENTOS NACIONALES _91737 |
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650 |
_aINSTRUMENTOS INTERNACIONALES _9252 |
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942 |
_2ddc _cBK |
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999 |
_c21778 _d21778 |