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040 _aSeMujeres CDMX
_cSeMujeres CDMX
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082 _a331,T75,P71
100 _aGarcía Reséndiz, Rodrigo
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245 _aPlataformas millonarias y empleos precarios. Las empresas de redes de transporte en México
260 _aMéxico :
_bFriedrich Ebert Stiftung,
_c2021
300 _a20 p.
490 _aSerie Trabajo y justicia social
520 _aLas Empresas de Redes de Transporte (ERTs) han sostenido que los conductores de sus plataformas son prestadores de servicios independientes (o asociados) que valoran la flexibilidad, la libertad y el ingreso extra que ofrece el manejar para estas compañías. Este discurso de las ERTs alrededor del mundo ha servido para atraer a cientos de miles de personas, con o sin experiencia en el sector transporte, a trabajar en la llamada economía colaborativa. Recomendaciones generales para una legislación laboral en México: Derechos laborales básicos. Naturaleza del trabajo. Mejoras para los usuarios. Reducción en la asimetría de la información. Diferenciación. Una década después de la puesta en marcha y popularización de las ERTs, ha quedado claro que regular a estas compañías con valuaciones multimillonarias, ha resultado en la práctica más complicado de lo que parece en teoría. Más allá de la dicotomía del prestador de servicios independiente o trabajador, la cual parece cada vez más agotada, la cuestión es que las personas merecen trabajos formales que les permitan alcanzar un grado de bienestar social y económico. Es recomendable que la regulación en materia laboral que se discuta y, eventualmente se apruebe, considere el reconocimiento de derechos para dos grupos de personas de manera diferenciada: uno que trabaja intensivamente en la aplicación y de la cual provienen la mayoría de sus ingresos y otro que conduce menos tiempo y busca un ingreso suplementario pero que de igual forma tiene derecho a mejores condiciones laborales y a una situación no precarizada.
650 _a(ERTs) EMPRESAS DE REDES DE TRANSPORTE
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