El Centro de Documentación (CEDOC) de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México es la unidad documental destinada a promover un acervo especializado de carácter bibliográfico, hemerográfico y documental que contribuya al diagnóstico de la condición y posición social de las mujeres, facilitando a las personas usuarias información en materia de género, derechos humanos de las mujeres, igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, prevención y atención a la violencia contra las mujeres y políticas públicas para la igualdad.

Derechos humanos de las personas en situación de calle de la Ciudad de México

Por: Idioma: Español Series Informe temáticoDetalles de publicación: México : Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, 2023Descripción: 158 pTema(s): Clasificación CDD:
  • 362.5,G21
Resumen: La Constitución Política local prohíbe llevar a cabo acciones de privación de la libertad, desplazamiento forzado, tratamiento de rehabilitación, internamiento en instituciones o cualquier otra sin su autorización, con lo que busca desterrar las prácticas de segregación y anulación de la personalidad jurídica que históricamente ha operado en contra de las personas en situación de calle y que ha traído como consecuencia la invisibilización de dicho grupo poblacional o, en el peor de los casos, los ha hecho ser víctimas de múltiples formas de violencia. Son un grupo de personas que, pudiendo pertenecer a diversos grupos de población comparten tanto una situación de exclusión económica y social como experiencias de apropiación de la calle y espacio público que utilizan como principal área de socialización y obtención de recursos materiales y simbólicos para su subsistencia. El Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas que Viven en Situación de Calle en la Ciudad de México, publicado en 2020, reconoce que la condición en la que viven las poblaciones en situación de calle produce la máxima exclusión de derechos, siendo los más destacados: falta de vivienda, falta de documentos de identidad, dificultades para encontrar empleo formal, mayor propensión a enfermedades o el deterioro de la salud y mayor probabilidad de sufrir discriminación. Asimismo, establece como eje rector de intervención, la dignidad humana. El documento contiene las propuestas de acción institucional o interinstitucional que realiza la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.
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La Constitución Política local prohíbe llevar a cabo acciones de privación de la libertad, desplazamiento forzado, tratamiento de rehabilitación, internamiento en instituciones o cualquier otra sin su autorización, con lo que busca desterrar las prácticas de segregación y anulación de la personalidad jurídica que históricamente ha operado en contra de las personas en situación de calle y que ha traído como consecuencia la invisibilización de dicho grupo poblacional o, en el peor de los casos, los ha hecho ser víctimas de múltiples formas de violencia. Son un grupo de personas que, pudiendo pertenecer a diversos grupos de población comparten tanto una situación de exclusión económica y social como experiencias de apropiación de la calle y espacio público que utilizan como principal área de socialización y obtención de recursos materiales y simbólicos para su subsistencia. El Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas que Viven en Situación de Calle en la Ciudad de México, publicado en 2020, reconoce que la condición en la que viven las poblaciones en situación de calle produce la máxima exclusión de derechos, siendo los más destacados: falta de vivienda, falta de documentos de identidad, dificultades para encontrar empleo formal, mayor propensión a enfermedades o el deterioro de la salud y mayor probabilidad de sufrir discriminación. Asimismo, establece como eje rector de intervención, la dignidad humana. El documento contiene las propuestas de acción institucional o interinstitucional que realiza la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

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